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Alerta Libre Competencia - febrero 2026
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February 12, 2026
Decreto Legislativo No. 1728
El 12 de febrero de 2026, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo No. 1728 (“DL 1728”), que modifica el artículo 24 y el numeral 28.4 del artículo 28 del Decreto Legislativo No. 1034, Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, con el fin de eliminar el pago de tasas para solicitar medidas cautelares y suprimir la posibilidad de distribución de costos de medios probatorios ordenados por la autoridad.
Los cambios aprobados son los siguientes:
- Eliminación del pago de tasa para solicitar medidas cautelares: Antes de esta modificación, solicitar una medida cautelar exigía el pago de una tasa equivalente a media Unidad Impositiva Tributaria, además de los requisitos materiales previstos en la norma. Con el DL 1728, este pago se elimina por completo, permitiendo que para el otorgamiento de una medida cautelar se evalúen únicamente los elementos sustantivos: la verosimilitud de la denuncia, el peligro en la demora y la posibilidad de lo solicitado. Este cambio reduce una barrera económica relevante y promueve un acceso más expedito a las medidas preventivas necesarias dentro de los procedimientos de competencia, eliminando la carga económica para los administrados.
- Nueva regulación sobre medios probatorios: El DL 1728 también modifica el numeral 28.4, el cual ordenaba que los medios probatorios requeridos por la autoridad fueran financiados por el denunciante y el imputado, según el resultado del procedimiento. Con la nueva redacción, esta posibilidad se elimina. Ahora, la norma establece que cada parte deberá asumir exclusivamente los costos de los medios probatorios que ofrezca, sin que haya redistribución posterior ni cargas derivadas de actuaciones ordenadas por la autoridad. Esta regla aporta mayor predictibilidad y evita que una parte deba asumir costos que no corresponden a su propia actividad probatoria.
- Aplicación inmediata: Se dispone que las modificaciones introducidas son aplicables de inmediato a todos los procedimientos administrativos sancionadores en trámite, cualquiera sea su estado.